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La Agencia Tributaria suma efectivos contra el fraude fiscal

Hacienda va a redoblar sus esfuerzos para combatir la economía sumergida, prestando especial interés por aquellas personas que cobran el paro o cualquier otro tipo de prestación por desempleo y, además, reciben rentas sin declarar.


La Ley actual aplica que cualquier tipo de ingreso, por pequeño que sea, ha de ser declarado bajo control tributario, independientemente de la situación laboral del ciudadano, se encuentre o no en actividad laboral, todo ingreso ha de ser reportado mediante los procedimientos disponibles.


Vamos a poner un caso práctico de una persona que actualmente está cobrando un subsidio por desempleo de 400 euros al mes. Esta persona es padre de familia, con mujer y tres niños a su cargo. Esta cantidad de 400 euros al mes es el único ingreso que percibe, y por tanto el único respaldo para hacer frente a la economía doméstica, alimentación, ropa, hipoteca, luz, agua, etc. Este ciudadano se plantea el ganar un dinero extra alquilando una plaza de garaje que es de su propiedad, y para ello la alquila por un precio de 90 euros mensuales un otra persona. El ciudadano, a través de una gestoría o él directamente, ha de hacer un contrato de arrendamiento por la plaza garaje que se dispone a alquilar, en la que se establecerán las cláusula legales del mismo. Ahora bien, cuando al año siguiente comience el plazo para hacer la declaración de renta, el ciudadano tendrá que declarar los ingresos obtenidos por el servicio de arrendamiento de su plaza de garaje.


De modo que esta es la teoría que cabe dentro del marco de la legalidad existente, sin embargo resulta interesante para el ciudadano que realice una consulta en Hacienda para saber que cantidades mínimas -y según el caso personal de cada uno- pueden estar exentas de pago de impuestos. Pero insistimos, antes la duda siempre consultar a la Agencia Tributaria y nos sacarán de dudas.