Resulta interesante la consulta formulada por un ciudadano que, encontrándose actualmente viviendo fuera de España, pide la vida laboral para que se le mande a su dirección en Irlanda. No hay duda que si el ciudadano dispone de un certificado de usuario válido o DNI-e, podrá descargar inmediatamente su informe, independientemente del lugar en donde se encuentre.
Ahora bien, la consulta está relacionada con la petición del informe sin tener DNI-e ni ningún tipo de certificado digital, de modo que el envío tendría que realizarse por correo postal. Como el ciudadano se encuentra en Irlanda, en principio podrá igualmente acceder a la Sede Electrónica y cumplimentar el formulario de petición del informe, sin embargo en la casilla para introducir el domicilio de destino no podrá añadir su dirección actual en Irlanda, puesto que el sistema tan sólo permite introducir provincias y localidades de España.
Si el domicilio en España del ciudadano se corresponde con el domicilio que consta en la TGSS, el ciudadano podrá solicitar su informe para que se le envíe a España, y que posteriormente un familiar lo recoja y que a su vez se lo remita por correo postal.
Gestionar la petición del informe estando en el extranjero es algo que puede hacerse sin inconveniente alguno disponiendo de una firma digital, sin embargo resulta menos práctico si la solicitud se realizar mediante formulario o llamada telefónica, aunque de todos modos es factible de realizar.
Respecto a lo comentado -que sea el familiar el que envíe el informe de vida laboral al ciudadano encontrándose en el extranjero- no siempre va a tener la necesidad de hacerlo mediante correo postal, es decir, si el ciudadano no necesita entregar la hoja original y en cambio tan sólo necesita saber la información de los años cotizados, por ejemplo, el familiar puede decirle por teléfono o por email -o escanearle y mandarle el informe- los datos que requiere.